¿Cómo burlar a Murphy?

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Hiscox España
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Si me hubieran preguntado hace unos años dónde me veía trabajando, no creo que “una aseguradora” hubiera sido una de mis primeras respuestas; de hecho no creo ni que este sector estuviera en mi mente. Desde fuera, parece un mundo frío, un mundo que sólo quiere estrujar a los clientes y ganar dinero a su costa…y, sin embargo,  cada día tengo más claro que lo más importante son las personas. Mi propósito es ligar esta idea con una de las peticiones más populares entre nuestros clientes, ejemplos de distintas situaciones que pueden quedar cubiertas, o no, por una póliza.

La teoría está bien, pero en ocasiones hay que pisar tierra firme y ver qué ocurre en el día a día. En esta ocasión, el ejemplo es sobre una Empresa de Trabajo Temporal y lo que puede llegar a ocurrir en ella. Se trata de un mero ejemplo, la realidad en muchos casos supera la ficción, y, en cualquier caso, para saber si un suceso está cubierto o no, siempre deberemos acudir a la póliza en concreto.

La empresa ASD.SA contrata los servicios de ETT.S.A. Dicha empresa tiene contratada una póliza que incluye Responsabilidad Civil Profesional, General y de Administradores y Directivos.  En este caso, se está produciendo un daño al cliente final, circunstancia que podría quedar cubierta por el contrato de seguro.

Su compañero Manolo escucha el estruendo y acude a ver qué ha ocurrido. Al bajar de la escalera en la que estaba, ésta resbala y hace que caiga al suelo, rompiéndose un brazo. Camino al hospital piensa en la demanda que va a poner a la empresa ante la insuficiencia de medidas de seguridad. En este caso, la falta de los medios de seguridad adecuados es una circunstancia que podría quedar cubierta por el contrato de seguro de cara al pago de una indemnización al trabajador. 

Tras su jornada laboral, Paco cierra el almacén, pone la alarma y se va. Un grupo de encapuchados observa la escena y, tras esperar unos minutos, irrumpen en el almacén y se llevan gran parte de la mercancía, ignorando los sistemas de seguridad. Este hecho no estaría cubierto por nuestra póliza, pues no es su objeto y no se ha observado ni error ni omisión en la praxis profesional del mozo, pues realizó de manera correcta el cierre del almacén y activó los sistemas de seguridad. En este caso la empresa ASD.SA debería consultar con su póliza de robo.

Al día siguiente, Susana, directora del almacén, acude a una cita comercial en su coche. No para de dar vueltas a lo ocurrido la noche anterior y, sin darse cuenta, pisa demasiado el acelerador, siendo multada por ello. Las sanciones y multas de tráfico no están cubiertas bajo la póliza de D&O.

Para qué poner ejemplos complicados si, lo que realmente le interesa al cliente final es su día a día. Los problemas que se le planteen a él, no a un alto directivo a quien demandan por coches que contaminan demasiado, o una fuga en un barco que causes grandes pérdidas a la pesca, ni siquiera por un escándalo público. El verdadero reto es ser capaces de poder ponernos en la piel del otro y tratar de ayudarles en su trabajo, y, siempre que podamos, hacer su vida un poquito más fácil.